NOTA RELATIVA AL AFORO EN CELEBRACIONES LITÚRGICAS, REUNIONES Y ENCUENTROS DE CARÁCTER PASTORAL
(16 de enero de 2021)
La Presidencia de la Junta de Castilla y León ha publicado con fecha de hoy el Acuerdo 3/2021, de 15 de enero, para la aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-Cov-2.
En dicho Acuerdo se establece normativa sobre limitación a la permanencia de personas en lugares de culto, que establece para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, un aforo de 1/3 del local en que tengan lugar dichos actos, con un máximo de 25 personas. Es por ello que a partir de las 20,00 h. del día de hoy, y mientras esté en vigor dicho acuerdo, el aforo permitido en todo tipo de celebraciones litúrgicas, reuniones y encuentros de carácter pastoral será de 1/3 del local, no pudiendo superar en ningún momento un máximo de 25 personas, y respetando las medidas generales de prevención.
Asimismo, por Acuerdo 2/2021, de 15 de enero, de la Presidencia de la Junta de Castilla y León, se fija como hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno las 20,00 h., por lo que todas las celebraciones y reuniones han de adaptarse a dicha limitación, respetando en todo momento el horario y concluyendo con la anticipación necesaria dichas celebraciones de modo que los participantes en las mismas puedan regresar a sus domicilios dentro del margen establecido por la ley.
Ciudad Rodrigo, 16 de enero de 2021
El Vicario General