La Semana Santa tendrá este año un carácter extraordinario, en primer lugar, porque todas las celebraciones tendrán lugar sin la presencia de fieles. Siguiendo las indicaciones generales y sugerencias de la Sagrada Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos emanadas por Decreto del 25 de marzo de 2020, el Obispo Administrador Apostólico, Mons. Jesús García Burillo, ha establecido una serie de prescripciones para la Diócesis de Ciudad Rodrigo, relativas a las celebraciones de la Semana Santa del presente año 2020:
- Todas las celebraciones de la Semana Santa tendrán lugar sin la presencia de fieles. Todos los ritos de la Semana Santa los ha de celebrar el sacerdote sin la presencia de pueblo y en un lugar adecuado, incluso evitando por parte de los sacerdotes la concelebración. Además, se ha pedido a los sacerdotes que avisen a los fieles de la hora de las celebraciones, para que se puedan unir desde sus hogares en oración, así como invitar a todos a que procuren seguir las celebraciones que se retransmiten a nivel regional y nacional por los diversos medios de comunicación social.
- Domingo de Ramos. La Conmemoración de la Entrada del Señor en Jerusalén se celebrará en el interior del edificio sagrado, no permitiendo ningún tipo de procesión fuera de los templos.
- Misa Crismal. Se pospone la Misa Crismal para el momento en el que se permitan las concentraciones por parte de los poderes púbicos.
- Triduo Pascual. Los párrocos podrán celebrar los misterios litúrgicos del Triduo Pascual en una sola de sus parroquias, a puerta cerrada, sin la concurrencia de fieles, siempre que lo consideren posible; se concede a todos los sacerdotes de la Diócesis la facultad de celebrar la Misa de la Cena del Señor el Jueves Santo, sin el pueblo, en un lugar adecuado, entendiendo también como tal una estancia digna de su domicilio particular. En la S. I. Catedral también se celebrará el Triduo Pascual en las mismas condiciones que en los templos parroquiales de la Diócesis, teniendo en cuenta la posibilidad real de llevar a cabo dichas celebraciones.
- Respecto a los monasterios, comunidades religiosas y residencias de mayores podrán mantener las celebraciones del Triduo Pascual, exclusivamente para la comunidad residente, siempre que de acuerdo con el capellán, se considere posible y éste respete la normativa de movilidad del estado de alarma.
- Por lo que se refiere a las expresiones de piedad popular y las procesiones se admite la posibilidad de trasladarlas a otras fechas más convenientes, que en su momento se acordarían siguiendo las indicaciones de la Conferencia Episcopal Española y de las Cofradías.
- Se hace también una llamada a todos los fieles a dedicar un tiempo sosegado a la oración, a lo largo de la Semana Santa, de modo particular a través de la Liturgia de las horas, y acudir con asiduidad a la lectura y meditación de la Palabra de Dios.